CLAÚSULA SUELO
LEX ASTURIAS ABOGADOS
¿Qué es?
Cuando se establece, no lo hace ligada a la contratación de productos complejos o derivados, sino a simples contratos de préstamo hipotecario. Es por ello el gran número de afectados.
Supone una barrera, un limite a la baja que impide que el cliente se beneficie de las bajadas del Euribor, mientras que si que le afectaran las subidas, va en contra de la naturaleza variable del préstamo y siempre en perjuicio del cliente, que se ve afectado por las subidas, pero no le benefician las bajadas.
¿Por qué se puede reclamar?
A la vista de su importancia en la vida del préstamo, lo convierte en fijo a la baja y totalmente variable al alza, siempre en perjuicio del consumidor y en beneficio de la entidad financiera, el Tribunal Supremo ha fijado, a través de la sentencia de 9 de mayo de 2013, doctrina sobre la VALIDEZ de esta cláusula, de esta forma ha dictaminado que este tipo de cláusulas tendrán la consideración de abusivas CUANDO NO se cumplan los necesarios requisitos de transparencia e información, en base a las circunstancias concretas que rodearon la contratación, aunque es cierto que muy pocas veces cumplen dichos requisitos, esto impone la necesidad de analizar cada caso individualmente.
¿Demanda colectiva o individual?
Es por ello que, desde nuestro despacho desaconsejamos las demandas colectivas, debido a la necesidad de analizar individualmente cada caso, tal y como exige el Tribunal Supremo, solo vienen a retrasar la finalización del mismo, siendo el camino mas adecuado interponer demandas individuales en reclamación, no solo de la supresión de la cláusula, sino también de la devolución de las cantidades cobradas en aplicación de la misma, basándonos tanto en nuestro estudio y conocimiento de la materia como en nuestra experiencia por las sentencias logradas en este sentido.